ASOCIACIÓN DE USUARIOS DE SERVICIOS PÚBLICOS, SALUD Y PREVISIÓN SOCIAL DEL PERÚ

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Una pensión denegada  

Una ciudadana abandonada  

Hoy miércoles 14 de Enero del 2009 hemos tenido la más grande decepción, al comprobar que la Defensoría del Pueblo, o por lo menos quienes nos atendieron, están muy lejos de la verdad, he leído con mucha atención el folleto que ellos reparten y podemos darnos cuenta que mucho de lo que allí dice no se ajusta a la verdad, veamos...

En la portada de ese folleto dice que la Defensoria del Pueblo protege nuestros derechos, pero cuando acudimos para buscar ayuda para una señora que desde hace 19 años lucha por conseguir que la ONP le reconozca una pensión de viudez, nos dijeron que eso es imposible, porque debió haberse hecho hace muchos años y que esto es ya “cosa decidida”, en todo caso debería acudirse a la instancia judicial, pero ¿cómo hará eso la Sra. Edelmira, si no tiene dinero para subsistir, vive de la caridad, menos tendrá para cubrir gastos legales, profesionales, administrativos, movilidad, etc.?  Entonces la Sra. Edelmira quien ahora tiene 75 años de edad, 19 años viuda, quien siempre creyó en el status democrático y justo, en la plenitud de la seguridad social, deberá esperar la muerte sin haber sido amparada por ese status, sin seguridad social, además creyó en la Defensoría del Pueblo, que como su nombre lo indica debió defenderla, pero la defensoría o quienes nos atendieron, se inhiben de hacerlo. ¿Es esto justicia? ¿Es esto democracia? ¿Es esto proteger,  es esto seguridad social? Pero sigamos...

 

En la segunda página de ese folleto dice  que la defensoría del Pueblo es una institución que trabaja para que nuestros derechos sean respetados, pero aquí vemos que mas bien trabaja para que nuestros derechos sigan sin ser respetados, ya que se inhibe de intervenir ante  la ONP, para justamente buscar se corrija un error a toda vista identificado. Recomienda que se acuda al Poder Judicial, esto es como el "gran bonetón", entonces que significa cuando en el portal de la Defensoría dice TEXTUALMENTE lo que es su MISIÓN:

 

Somos la Institución que, en nombre del Pueblo, exige que el poder del Estado se ejerza en beneficio de las personas y dentro de la ley. Comprometidos con el destino de los ciudadanos, defendemos sus derechos y supervisamos la actuación del Estado, así como la prestación de los servicios públicos.

 

 

En la tercera hoja dice que cualquier persona que lo requiera puede acudir a ella, pero ¿acudir para ser desanimada? ¿Para ser desalentada? En todo caso, por omisión, está actuando favorablemente a la ONP, quien por su error de interpretación de la ley, evita cumplir con un deber de seguridad social y la Defensoría, lamentablemente, con su abulia, pues avala, socapa el error de una institución del estado llamada a proteger a una ciudadana, pero en este caso es víctima del abuso y la desatención ahora no solo de la ONP sino también de la desidia de la Defensoría del Pueblo, pues así las diversas instituciones del estado seguirán abusando de la ciudadanía.

 

En la sexta página dice: que vigila a trabajadores, funcionarios y autoridades del estado cumplan con sus obligaciones y atiendan correctamente como manda la ley y aquí vemos que la ONP no está cumpliendo de acuerdo a estas premisas y la Defensoria “del Pueblo” ni siquiera emite una opinión ante el error de la ONP y sus trabajadores.

 

Y así podríamos seguir comparando lo que dice y lo que en realidad sucede, en el caso de la Sra. Edelmira, vemos atropellados los derechos de una mujer, tenemos una mala administración estatal y eso dice que son temas en los que trabaja la Defensoría del Pueblo, pero vemos que no es así, sencillamente nos dijeron que no podrán atender el caso de la Sra. Edelmira, así de sencillo, nos dicen vayan al Poder Judicial, esto no nos compete a nosotros.

 

De modo que esa es nuestra visión de lo que en realidad es la Defensoría del Pueblo en un caso preciso y detallado, argumentado y comprobado con documentos. Abajo puede verse la petición presentada ante la Defensoría y que fue desestimada.

 

Codal

Comité de Apoyo al Limitado Físico

Teléf.: 5410296

Lima Perú

Subido a la Web

 

 

Nota.- Quienes nos atendieron el día lunes 12 de Enero del 2009 fue la Dra. Nélida Ramírez y hoy miércoles 14 de Enero la Dra. Mariana Tirado y su dictamen es que "esto es una cosa decidida!" y que nada puede hacerse ya.

Es más, el Sr. Presidente de la República, Dr. Alan García Pérez al inaugurar el evento de la Corte Interamericana de  Derechos Humanos que preside el Dr. García Sayan dijo que el estado está llamado a corregir los errores que se cometen y que pejudican a la ciudadanía, este caso lo merece, solo es cuestión de corregir algo que no se hizo y proteger así, los derechos humanos de una viuda. (13 de abril 2010)

 

Edelmira Jáuregui Salomón Vda. De Lara

DNI Nº 06854633

Teléfono 7474198

Lea todo el caso aquí

 
     
 
Es bueno tener información para descubrir y defenderse del poder oculto que destruye a la humanidad, que las amenazas no nos intimiden.

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